Concepto del procurador pide que se declare nulidad en la elección del alcalde de Planeta Rica

Concepto del procurador pide que se declare nulidad en la elección del alcalde de Planeta Rica

En las últimas horas se conoció que el concepto del Procurador Judicial II Administrativo de Montería es declarar la improcedencia del medio de control de nulidad electoral frente al caso del alcalde de Planeta Rica, Rubén Darío Tamayo Espitia período 2020 – 2023.

Según el funcionario del Ministerio Público, deberá disponerse de la cancelación de la respectiva credencial, además, negar las demás pretensiones de la demanda.

Como se recordará, La Lengua Caribe hizo seguimiento del caso desde que fue realizada la denuncia penal contra el mandatario por presuntas irregularidades en el proceso de inscripción a su candidatura a la Administración Municipal.

La acción penal, fue interpuesta por Mónica Mendoza Barrera, quien durante la etapa de inscripción de aspirantes a cargos de elección popular, fungió como encargada de la Registraduría Nacional del Estado Civil en dicha localidad cordobesa.

Según Mendoza Barrera, el entonces aspirante a la Alcaldía, no se presentó a realizar ningún tipo de modificación a su inscripción, durante el periodo que estableció la Registraduría, entre el 29 de julio al 2 de agosto de 2019, para este proceso con motivo de la elección de autoridades territoriales.

De igual forma, la denunciante señaló que, vencido el plazo para la realización de este trámite y al no haberse presentado modificación alguna, la Registraduría validó la inscripción de Tamayo Espitia, con el aval del partido Conservador.

Asimismo, esta persona afirmó que Aura Rosana Jaramillo Fernández, quien gozaba de la confianza de la entonces registradora municipal encargada, manipuló los documentos mencionados.

Le puede interesar: Solicitan celeridad en investigación contra el alcalde de Planeta Rica por presunto fraude en inscripción de candidatura

El cambio del documento de aval por parte de, Jaramillo Fernández, y de acuerdo con la denuncia penal, tipifica el delito “falsedad ideológica en documento público”, contemplado en el Código Penal a través de su artículo 286, en el cual se fundamenta la solicitud para que se agilice la investigación.