Estas son las siete razones para no votar en la JEP según David Barguil  

Estas son las siete razones para no votar en la JEP según David Barguil  

El representantes a la Cámara del partido Conservador, David Barguil, lidera el grupo de congresistas que no votarán la ley estatutaria de la Justicia Especial para la Paz (JEP), debido a que el texto de la ponencia no cumple con las expectativas de verdad, justicia, reparación a las víctimas y no repetición de delitos por parte de los exguerrilleros.

  1. No admitimos la participación política de los exguerrilleros sin que primero hayan pasado por la justicia transicional. Es probable que la JEP dicte sentencia condenatoria contra estas personas después de que hayan sido elegidos el 11 de marzo; esto, además de exponernos abiertamente a la Corte Penal Internacional, es una revictimización y cachetada a los millones de víctimas de las Farc.
  2. Es inaceptable que a estas alturas no haya claridad sobre los beneficios que perderán los ex guerrilleros que incumplan sus compromisos, no cuenten toda la verdad ni reparen a sus víctimas. Resulta inconcebible pensar que quienes infrinjan lo acordado y, además cometan nuevos delitos, no se vean sometidos a la justicia ordinaria.
  3. En este sentido, manifestamos nuestro desacuerdo con que aún no haya claridad sobre la extradición para los ex guerrilleros que reincidan o cometan nuevos delitos relacionados con el narcotráfico.
  4. Nos oponemos a la conformación actual del tribunal de paz, integrado por magistrados con un claro sesgo ideológico que no da plenas garantías a la sociedad civil. Rechazamos que en la ponencia en Cámara, el Gobierno haya eliminado el régimen de inhabilidades aprobado en Senado, el cual buscaba un mayor equilibrio para dicho tribunal.
  5. Por lo anterior, es preocupante que se dé la posibilidad de reabrir las listas e incluir nuevos ex guerrilleros para que ingresen a la sala de amnistía y que, además, quienes tomen esa decisión sean los magistrados del tribunal sesgado de la JEP.
  6. La redacción de la ponencia en Cámara deja dudas sobre la posibilidad de que dicho tribunal de paz opere sobre terceros. Esto no da garantías e incumple el mandato de la Corte Constitucional sobre la “voluntariedad” que debe operar en estos casos.
  7. No entendemos por qué se trata con ambigüedad y hacia futuro un tema tan delicado como los delitos sexuales contra los menores de edad. Debe quedar muy claro que este tipo de delitos serán tratados en la justicia ordinaria, como corresponde.

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