Tribunal de Bogotá falló a favor de Cerro Matoso para turnos de 12 horas

Tribunal de Bogotá falló a favor de Cerro Matoso para turnos de 12 horas

Cerro Matoso podrá implementar, sin consecuencias judiciales, los turnos de 12 horas para la explotación niquelera.

Así se desprende de un fallo del Tribunal Superior de Bogotá que ratificó la sentencia de primera instancia proferida por el Juzgado Décimo Laboral del Circuito de Bogotá que, el pasado 28 de octubre, falló favor de Cerro Matoso a una demanda de Sintracerromatoso por los cambios de turno efectuados en octubre de 2014.

El alto Tribunal, al fallar a favor de la minera por segunda vez, ratifica que la implementación del turno de doce horas se ajusta a la Ley colombiana y no constituye violación alguna a la normativa laboral vigente ni a los acuerdos con los trabajadores.

Habló presidente

Ante esa decisión, el presidente de Cerro Matoso, Ricardo Gaviria, dijo que registramos con satisfacción esta decisión y que durante el proceso de establecimiento de la medida se contó con la asesoría de la ARL Colmena y médicos expertos que concluyeron que el turno en mención no afecta la salud de los trabajadores y que, por el contrario, tener menos días de trasnocho impacta positivamente la salud.

Explicó el directivo que la medida funciona perfectamente en diferentes lugares del mundo. “Las empresas del sector minero energético en Canadá, Australia, Sur África y algunos países en Suramérica tienen los turnos rotativos de doce horas en operación».

Agregó que en Colombia la mayoría de empresas del sector han implementado esta jornada con fundamento en el artículo 165 del Código Sustantivo del Trabajo y que la jornada de doce horas respeta los términos establecidos en la convención colectiva y los trabajadores cuentan con 95 días más de descanso anual que en el esquema anterior.

Reiteró que aunque la implementación y organización de los horarios de trabajo es de potestad exclusiva del empleador, en su momento se discutió ampliamente con los sindicatos todas las variables necesarias para el cambio.

Puntualizó el presidente de Cerro Matoso que estas medidas relacionadas con los turnos y otras medidas, obedecen a una necesaria reestructuración debido a la crisis generada por la caída mundial de los precios de los minerales. Sintracerromatoso ordenó un cese de actividades en abril de 2015 en protesta por la activación de los nuevos turnos.

Posición del Sindicato

El presidente del Sindicato de Trabajadores de Cerro Matoso consideró en error el fallo del Tribunal porque con ello se está poniendo en riesgo la salud y la vida de los trabajadores y se están violando las leyes colombianas.

Agregó que el tema será discutido en asamblea con el fin de analizar cuál es el camino a seguir porque no pueden permitir que Cerro Matoso aumente su rentabilidad a costa de la vida de los trabajadores.

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