El Tribunal Administrativo de Córdoba falló a favor del alcalde de San José de Uré, Custodio Liborio Acosta Urzola, contra quien pesaba una demanda de nulidad electoral.
De acuerdo con el órgano administrativo, fueron negadas las pretensiones de la demanda, por no estar probada la configuración de causales 2 y 7 del artículo 275 del CPACA, invocadas por los demandantes Alexander Vides y Jorge Velásquez.
“Las irregularidades encontradas (75 casos de trashumancia y 1 de falsedad), no modifican el resultado final de las elecciones, al aplicar el sistema de distribución ponderada”, señaló la sentencia.
Así las cosas, se exhortó al Concejo Nacional Electoral para que revise la presunta trashumancia y resuelva de manera puntual la solicitud de revocatoria de la inscripción de los 297 ciudadanos a que hace referencia la petición que data del 26 de agosto del 2015.
Como se recordará, en un principio se conoció que Custodio se había posesionado en la Administración Municipal como una diferencia de 23 votos, sin embargo, se conoció que sería de 5 votos.