Ley de insolvencia económica: el verdadero alivio para los deudores bancarios

Ley de insolvencia económica: el verdadero alivio para los deudores bancarios

  • Para muchos deudores con obligaciones ante entidades financieras, los alivios ofrecidos por los bancos durante la pandemia significaron aumento de la deuda y de los intereses. Frente a esta situación la Ley de Insolvencia para Persona Natural no Comerciante, Ley 1564 de 2012, permite una salida al deudor al posibilitar la negociación de sus deudas o la liquidación patrimonial.
  • Para acceder a la Ley de Insolvencia de Persona Natural no Comerciante solo hay que cumplir 2 requisitos: Ser persona natural y tener 90 o más días de mora en al menos el 51 por ciento de las obligaciones.
  • Chao Deudas prepara, acompaña y representa al deudor en la negociación con los acreedores, defendiendo sus intereses y en la más completa confidencialidad. Chao Deudas tiene presencia en las ciudades de Bogotá, Cartagena, Barranquilla y próximamente en Montería.

Desde que se inició la pandemia, el país ha entrado en una recesión económica que ha derivado en pérdida de empleos y cierre de empresas y negocios. Por lo tanto, muchas personas, al perder sus empleos se vieron sin ingresos regulares y sin capacidad de afrontar sus obligaciones bancarias y extra bancarias (préstamos hipotecarios, préstamos de consumo, tarjetas de crédito, impuestos, cuotas de administración). La situación es más crítica para quienes tenían deudas en mora y ya estaban reportadas ante las centrales de riesgo.

Ante la situación la Superintendencia Financiera de Colombia emitió en marzo del 2020 las circulares 007, 014 y 022 dirigidas a los bancos, buscando la redefinición de las obligaciones de aquellos deudores cuyos ingresos se habían visto afectados por la pandemia. Se trataba del Programa de Acompañamiento a Deudores (PAD) con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020 y que fue extendido hasta el 30 de junio de 2021.

Entre los beneficios establecidos por la Superintendencia Financiera de Colombia dentro del PAD para los deudores bancarios figuran reducción de la cuota, el no aumento de la tasa de interés inicialmente pactada, y el otorgamiento de nuevos períodos de gracia de acuerdo con el análisis que realizara el banco en cada caso particular.

Sin embargo, lo que se suponía era una medida de alivio para los deudores, se transformó en algo muy diferente. “Para muchos deudores con obligaciones ante entidades financieras, y que acuden a las oficinas de Chao Deudas, los alivios contenidos dentro del PAD se tradujeron en aumento de la deuda y de los intereses”, señala Mónica Duque, Directora Comercial de Chao Deudas, quien explica: “Un mayor plazo implica pagar más intereses. El no aumento de la tasa de interés inicialmente pactada no siempre se ve reflejado en disminución de la cuota, dado que, si el deudor está en mora y no tiene para pagar los intereses corrientes vencidos, debe acudir a más plazo con la misma tasa lo que implica mayor deuda porque a mayor plazo se generan más intereses”.  

Adicionalmente, “Los períodos de gracia no funcionan para la mayoría de los deudores afectados por la pandemia porque sus ingresos disminuyeron o en algunos casos desaparecieron”, indica la Directora Comercial de Chao Deudas.  Una vez se reanudan los vencimientos para los pagos de sus cuotas, el deudor se encuentra en la misma situación (sin ingresos o con ingresos disminuidos) y la cuota aumenta, ya que debe pagar los intereses corrientes dejados de cobrar por las entidades, en los meses de período de gracia.

Ley de Insolvencia para Persona Natural no Comerciante, la solución definitiva

“Ante el panorama de muchas personas que están afectadas por la pandemia al reducirse o desaparecer sus ingresos, la Ley 1564 de 2012 (Ley de Insolvencia para Persona Natural no Comerciante) es una solución definitiva para el deudor pues le permite, frente a sus acreedores, negociar o liquidar todas sus deudas a través de un proceso legal. Esta norma legal le permite llegar a un acuerdo de negociación con sus acreedores, mediante el cual se suspenden las acciones legales como embargos y remates”, indica César Ucrós Barros, Director Jurídico de Chao Deudas y ex Superintendente de Sociedades.

Para acceder a la Ley de Insolvencia de Persona Natural no Comerciante solo hay que cumplir 2 requisitos: Ser persona natural y tener 90 o más días de mora en al menos el 51 por ciento de las obligaciones. La Ley de Insolvencia para Persona Natural no Comerciante cobija deudas con el sector financiero, impuestos, servicios públicos domiciliarios, comerciales y personales (colegios, administración) y opera bajo 2 modalidades:

  • Acuerdo de negociación de deudas: En el que se llega a un acuerdo de negociación con los acreedores en donde se suspenden las acciones legales durante el proceso de negociación. Cabe aclarar que no es una refinanciación, es una negociación de las deudas.
  • Liquidación patrimonial: En la que se realiza la liquidación total de las deudas si el patrimonio es inferior a las mismas, favoreciendo a aquellos cuyas deudas son mayores que sus bienes.

Quien esté interesado en acogerse a esta ley y quiera ser asesorado por el equipo de Chao Deudas en Bogotá, Barranquilla o Cartagena, y próximamente en Montería, puede solicitar una cita en www.chaodeudas.co Allí se hará un diagnóstico del caso particular y se elaborará una estrategia legal. Chao Deudas prepara, acompaña y representa al deudor en la negociación con los acreedores, defendiendo sus intereses y en la más completa confidencialidad.