‘Gatico’ no te vistas que no vas: JEP le cerró la puerta al hijo de Enilce López

‘Gatico’ no te vistas que no vas: JEP le cerró la puerta al hijo de Enilce López

La Jurisdicción Especial de Paz, JEP, rechazó en primera instancia el sometimiento que presentó en 2018 el exalcalde de Magangué e hijo Enilce López ‘La Gata’, Jorge Luis Alfonso López, condenado a 29 años de prisión por el crimen del periodista Rafael Prins, así como otros procesos por concierto para delinquir, entre otros.

Según lo indicado por los magistrados, ‘El Gatico’ es investigado como supuesto jefe de los paramilitares en esa zona de Bolívar, más no como un colaborador político, por tanto, no puede ser aceptado.

Además, los togados señalaron que, aunque en un principio Jorge López aceptó su pertenencia a las AUC luego dijo que su condena por haber ordenado el homicidio del comunicador Prins obedeció a un montaje.   

“…en relación con algunos hechos ha incurrido en imprecisiones y contradicciones graves, mientras que respecto de otros no ha realizado manifestación alguna. Esta situación, se reitera, resulta injustificable, resta credibilidad a sus afirmaciones y constituye una clara infracción al deber de aportar verdad plena”, señaló la JEP.

De igual forma, desde la jurisdicción criticaron que, aunque el postulado rindió versión voluntaria en agosto del año pasado y entregó información parcial luego en septiembre cuando fue llamado de nuevo afirmó que no podía colaborar más por amenazas a su tía Rosa López, intimidaciones que la familia no permitió verificar por el Tribunal de Paz.

“Siendo así, resulta imposible para esta Jurisdicción determinar la veracidad y gravedad de las amenazas recibidas por ella y adoptar medidas de protección en su favor”, señaló el tribunal en su decisión. 

Incluso, López manifestó que la JEP debía pronunciarse sobre su solicitud con la información que alcanzó a entregar, lo cual fue rechazado por el tribunal debido a su insuficiencia y también criticó que ofreció para reparar a las víctimas bienes bajo extinción de dominio sobre los que no puede disponer su uso.

Así las cosas, la decisión de la Jurisdicción Especial para la Paz favorece la posición de las víctimas y la Procuraduría, quienes solicitaban la no aceptación del postulado.