Estas son las nuevas medidas para ciudades con alta ocupación de UCI en Colombia

Estas son las nuevas medidas para ciudades con alta ocupación de UCI en Colombia

El Ministerio de Salud y el Ministerio del Interior expidieron, en las últimas horas, una circular conjunta para los alcaldes y gobernadores del país con nuevas indicaciones para el control del contagio de Covid-19 durante el puente festivo de Reyes Magos.

Lo anterior obedece a medidas preventivas puntuales para las ciudades que actualmente tienen una alta ocupación de unidades de cuidado intensivo (UCI).

“Son nuevas medidas que estamos tomando a partir de la situación de afectación en las diferentes ciudades. Hemos tomado como parámetro el nivel de ocupación de cuidado intensivo, pasando por las ciudades que están en el 70 y 80 por ciento y aquellas que están por encima del 85 por ciento”, indicó el ministro de Salud, Fernando Ruiz Gómez.

De acuerdo con la circular, las ciudades con 70% de ocupación UCI deben regirse con los siguientes lineamientos:

• Restricción de las cirugías no prioritarias.

• Pico y cédula para todo tipo de actividad comercial.

• Prohibición de todo tipo de reuniones públicas y privadas.

• Restricción de la movilidad entre las 22:00 horas y las 5:00 horas, desde el 7 de enero hasta el 12 de enero.

• Se permiten los servicios domiciliarios y las excepciones contenidas en el Decreto 1076 de 2020.

• Limitación del piloto de bares y restaurantes para la venta y consumo de bebidas alcohólicas hasta máximo las 19:00 horas, mientras se mantenga el alto nivel de ocupación.

• Realizar auditoría constante de cuidado intensivo.

Por otro lado, las ciudades con 80% de ocupación UCI deben cumplir estas medidas:

• Restricción de circulación de personas y vehículos en lugares públicos entre las 20:00 horas y las 5:00 horas, desde el 7 de enero hasta el 12 de enero.

• Se permiten los servicios domiciliarios y las excepciones contenidas en el Decreto 1076 de 2020.

• Prohibición de todo tipo de reuniones públicas y privadas.

• Realizar auditoría concurrente de cuidado intensivo.

Ciudades con 85% de ocupación UCI o más

• Restricción de circulación de personas y vehículos en lugares públicos entre las 19:00 horas y las 5:00 horas, desde el 7 de enero hasta el 12 de enero.

• Restricción de circulación de personas y vehículos en lugares públicos entre las 20:00 horas y las 00:00 horas, desde el 12 de enero hasta el 16 de enero.

• Se permiten los servicios domiciliarios y las excepciones contenidas en el Decreto 1076 de 2020.

• Lo descrito en la circular debe ser acatado de manera inmediata por los mandatarios locales y entra en vigor desde este jueves 7 de enero.

En este sentido, las autoridades locales deben adoptar estas medidas de manera inmediata y darles cumplimiento estrictamente.