Toque de queda y ley seca irá hasta el 1 de septiembre en Córdoba

Toque de queda y ley seca irá hasta el 1 de septiembre en Córdoba

La Gobernación de Córdoba a través del decreto 000342 del 29 de julio de 2020, estableció que las medidas como el toque de queda y la ley seca se extenderá hasta el próximo 1 de septiembre, esto con el fin de contener la propagación del Covid-19 en el departamento.

Desde el ente territorial, hicieron una distribución por municipios para los horarios de estas restricciones, teniendo en cuenta si la afectación del coronavirus es alta, moderada o baja.

Para el caso de Montería, Cereté, Lorica, Sahagún, Montelíbano, Chinú, Canalete, Tuchín, Planeta Rica, Cotorra, Ayapel, Buenavista, Ciénaga de Oro, La Apartada, Pueblo Nuevo, Puerto Libertador, San Andrés de Sotavento, San Antero, San Bernardo del Viento, Tierralta, Valencia y San Pelayo, que son los municipios con afectación alta y moderada de Covid-19, el toque de queda regirá de la siguiente manera:

De lunes a jueves, desde las 4:00 de la tarde hasta las 5:00 de la mañana del día siguiente; fines de semana sin festivo, desde las 4:00 de la tarde del viernes hasta las 5:00 de la mañana del siguiente lunes; fines de semana con festivo, desde las 4:00 de la tarde del viernes hasta las 5:00 de la mañana del martes siguiente.

Con respecto a los municipios cordobeses con baja afectación del coronavirus, que son: Chimá, Los Córdobas, Moñitos, Puerto Escondido, Purísima, San Carlos, Momil y San José de Uré, el cronograma del toque de queda es el mismo, la única variación es que no inicia a las 4:00 de la tarde sino a las 6:00.

Para el caso de la ley seca, desde la Gobernación se determinó que regirá en todo el departamento de lunes a viernes a partir de las 4:00 de la tarde hasta las 5:00 de la mañana; los fines de semana desde las 4:00 de la tarde del viernes hasta las 5:00 de la mañana del lunes siguiente, y en caso de puente festivo finalizará a las 5:00 de la mañana del martes.

Cabe destacar que, dicho decreto también estableció 31 excepciones de circulación, entre las que se encuentran domiciliarios, personal de salud, servicios asistenciales y cadena de abastecimiento.