Mínimo vital “Covid-19”

Mínimo vital “Covid-19”

Era tan solo un niño, y ya retaba al “pensar”. La realidad de mi entorno, alimentaban la razón: variables como: política, religión, raza, sexo, economía, desigualdad, guerras, salud, democracia, entre otras, sustentaban mi inocente “pensar”. Sorprendido frente a la exposición de un mundo desigual, un mundo sin coherencia con relación al segundo mandamiento de la ley de la vida, “ama a tu prójimo como a ti mismo”.

Una noche mi abuela, sentada a mi lado me dijo, te contaré la mejor historia de tu vida para que nunca se te olvide, se trata de la historia de la granja humana, inició su relato: “Una vez, había una hermosa granja, habitada por muchos granjeros, el lugar estaba aprovisionado de incontables frutos, y un ambiente paradisíaco ¡Había paz!  A pesar de la calma que se respiraba, había personas que tenían más que otros. Pero aquella hermosa granja, tenía algo que llamaba la atención, reglamentos y normas que se debían cumplir. Incluso las normas eran tan estrictas, que sobrepasaban el derecho de la dignidad humana.

La granja era liderada por un jefe, quien a su vez tenía una juiciosa dama para impartir el “bien estar” de las personas.  Esta señora desconocía el término de escasez y necesidades básicas. Su vida llena de abundancia la hacía arrogante y estricta frente a las normas de supervivencia. Ella “no era humana”.  La granja se mantenía al pasar del tiempo, en bonanza de proporciones incalculables. A pesar de lo maravilloso, en ocasiones algunos individuos, carecían del sustento mínimo de vida, sin embargo, preferían no pedir ayudas. No era para menos, el miedo de los granjeros era ir y justificar su propia agonía. Sabiendo que al final iban a recibir la misma respuesta, “debes dar ejemplo.  Argumentaba la señora del “bien estar”,       las reglas que regulan las necesidades en esta granja, están por encima de tu calamidad, debes estar muy ajustado a las normas, si quieres vivir.  El argumento constante de la señora modelo, era: “medimos tu capacidad, medimos tu comportamiento, medimos tus sumas y tus restas, y sino te da, desafortunadamente no te podemos ayudar”.

Pasaba el tiempo y una vez sin pensarlo, al mejor estilo del sueño de aquel personaje bíblico llamado José, llegaron las vacas flacas a la granja. Incluso la señora con alma de santa que pregonaba estabilidad, había tocado fondo. Las vacas flacas no reparaban estatus social, si tenías o no, estabas en las mismas condiciones. Era un castigo imparcial. Una tempestad infernal. Una bofetada de la vida. No valía dinero, apellidos, colores, solo contaba la maldita miseria  del egoísmo humano, contemplando entonces, la posibilidad de  aferrase a la hermandad y la solidaridad. Aquella granja necesitaba unión.  Parecía el final de todo.

Los granjeros acudieron donde la señora del “bien estar” que, para ese momento, parecía una verdadera santa. A todos les brindó la debida atención,   propuso repartir por igual las provisiones, sin importar, y por una sola vez en la vida, incluyéndose ella, no midió el comportamiento, no midió la capacidad, no midió las  sumas ni  restas, dejó a un lado el reglamento, y puso en práctica la coherencia humana, la solidaridad, la compresión, la lógica, entendió que una norma o un reglamento, no puede estar por encima de la dignidad humana, y en vez de mirar el comportamiento y la capacidad, optó por legislar sobre el principio del mínimo vital. 

Estimados lectores, ha llegado una lección de vida a la humanidad llamado Covid-19.  Y aunque parezca una tragedia humana, realmente es el principio de la solidaridad integral de los seres humanos, y el de los contratos sociales, para todos y entre todos. Ya no debería existir estratificación de sectores, sino, unificación y cierre de brechas, entre las personas. Realmente, pareciera que se repitiera, la historia de la granja humana.

Revisando en Colombia, las norma del ámbito laboral, vemos que siempre la tendencia apunta hacia el amparo de las empresas y no del trabajador. Siendo éste último, el activo más importante de las organizaciones.  El Covid 19, nos ha hecho ver y comprender la realidad, “cómo debe vivir un ser humano en la tierra, con que vive, y que necesita para verdaderamente subsistir”.

Parece algo sarcástico, pero nuestra constitución política del año 1991, advierte en gran medida lo que debiera practicarse en nuestro amado país, “El pueblo de Colombia, en ejercicio de su poder soberano, representado por sus delegatarios a la Asamblea Nacional Constituyente, invocando la protección de Dios, y con el fin de fortalecer la unidad de la Nación y asegurar a sus integrantes la vida, la convivencia, el trabajo, la justicia, la igualdad, el conocimiento, la libertad y la paz, dentro de un marco jurídico, democrático y participativo que garantice un orden político, económico, social y justo.”  

Hoy nuestro enfoque está dirigido al sector empresarial, es un llamado especial, a la solidaridad con fundamento humano, a practicar un verdadero “Bien estar” a sus colaboradores. La experiencia nos lleva a calcular que aproximadamente un 50% por ciento, al interior de las empresas desconocen la realidad integral y bienestar de sus empleados. Olvidando, incluso por parte de los jefes, aquella frase célebre del filósofo griego, Platón, “se amable, pues cada persona con la que te cruzas, está librando su ardua batalla”. El ritmo acelerado del mundo empresarial, prioriza la dinámica de lo material, frente a la verdadera razón de ser de un humano, la vida.  Pero en medio de tanta inflexibilidad, nunca faltan los verdaderos líderes, aquellos que aun teniéndolo todo, le apuestan al bienestar de sus colaboradores. El pasado 24 de marzo de 2020, el multimillonario Arturo calle, según fuente oficial del Espectador, dijo; con relación a la emergencia de salud, “se nos olvidó que lo fundamental, es el ser humano”. (Recordemos que éste gran empresario, una vez conocida la emergencia, decidió mandar a casa a todo sus empleados, respondiendo oportunamente por los salarios y prestaciones sociales, sabe éste gran líder, que con esta medida está garantizando el mínimo vital a sus colaboradores, y que una vez finalizada la emergencia, ese trabajador con mente sana, volverá entusiasmado y dispuesto a producir el doble, aportando entre todos, a recuperar los pasivos derivados de la contingencia). Es tanta la visión humana del señor Calle, que incluso, decidió cambiar el logotipo de la fábrica, mientras pasa todo, ya no se llamará “ARTURO CALLE, SINO ARTURO CASA”. Dando esto, un impacto positivo y emocional al sentido de pertenencia de sus trabajadores.  el pasivo más rápido de recuperar, es el que inviertes en el bienestar de tu talento humano

Señor gerente, estimado jefe, ¿conoce usted a fondo, la realidad emocional y circunstancial de su planta de personal, sus temores y sus calamidades en esta emergencia? ¿Ya optó por lo mínimo, darles un parte de tranquilidad de conformidad a los principios de vida? ¿Ha hecho ese acompañamiento psicológico? ¿Tiene preparado ya, un plan de bienestar, durante y después de la emergencia? No se le olvide estimado gerente, que llegó la hora de ocuparse a favor de su trabajador (ser humano), sin mediaciones de normas estrictas, sin reglamentos, llegó la hora de velar, por la dignidad humana. Recuerde señor empresario que la función esencial del bienestar social es, que el trabajador goce de buena calidad de vida, una existencia tranquila y un estado de satisfacción. “una mente sana, es sinónimo de producción doble

Este fragmento está orientado hacia  la gestión integral del bienestar social, el ámbito de sus componentes como, equilibrio de las necesidades básicas,  calamidades familiares, y salud mental de los trabajadores.

Dentro de ese ejercicio de necesidades básicas, los trabajadores, ya cansados de tantas normas y reglamentos, en ocasiones prefieren ni siquiera acudir a instancias del bienestar social. Pues es precisamente, el bienestar social, que aún sigue predicando las reglas y normas actuales de capacidad de pago. Tácitamente, me refiero a la Ley de libranza 1527 de 2012. Descripción: Por medio de la cual se establece un marco general para la libranza o descuento directo. Bueno precisar que ésta norma apunta a favorecer al sector financiero,  pues esta norma, garantiza que los descuentos o deducciones de nóminas,  a favor de ellos, no tengan inconvenientes.  También es bueno resaltar, que es precisamente ese bienestar social, que debe implementar dentro las organizaciones, programas de acompañamiento y cultura general de educación financiera. No obstante, sin perder el rumbo del artículo, el Covid 19, atropella todas las normas existentes, y nos obliga desde el punto de vista social a tener un sentido común y apuntar hacia el bienestar general de las personas.  

En Colombia los grandes exégetas de la normatividad laboral, han estudiado a fondo, términos como salario mínimo y mínimo vital. Encontrando que el salario mínimo  no es otra cosa que, “tope o monto mínimo que un empleador debe pagar a un trabajador, de conformidad a unos datos estadísticos, y que su origen data de la Ley 6 de 1945  y que se hizo efectivo en 1949 a través del Decreto 3871, advirtiendo, que el salario mínimo legal,  no representa el mínimo vital”.

¿Entonces que es el mínimo vital? Parece que el Covid-19, tiene la respuesta. De conformidad a un estudio  plasmado en el diccionario jurídico, el mínimo vital es: “ un derecho fundamental ligado estrechamente a la dignidad humana, pues constituye la porción de los ingresos del trabajador o pensionado que están destinados a la financiación de sus necesidades básicas, como son la alimentación, la vivienda, el vestido, el acceso a los servicios públicos domiciliarios, la recreación, la atención en salud, prerrogativas cuya titularidad es indispensable para hacer efectivo el derecho a la dignidad humana, valor fundante del ordenamiento jurídico constitucional”.

“Si bien ciertos criterios económicos permiten fijar un salario mínimo, como base ineludible para la negociación colectiva o individual del salario entre las partes de una relación laboral, ésta es una medición que no agota el aludido concepto de mínimo vital protegida por la Constitución, ni puede identificarse con el sin dar al traste con la cláusula del Estado Social de Derecho y desnaturalizar el principio de igualdad consagrado en el artículo 13 Superior. En efecto, cada individuo que ingresa al mercado laboral -independientemente del estrato que ocupe-, recibe una retribución económica que, en principio, constituye la base de los gastos de manutención que plausiblemente espera cubrir y de las carencias que aspira superar.  Corte Constitucional.- Sentencia SU-995/99 Magistrado Ponente: Carlos Gaviria.

“El Estado y la sociedad en su conjunto, de conformidad con los principios de la dignidad humana y de la solidaridad (CP. art.1), deben contribuir a garantizar a toda persona el mínimo vital para una existencia digna. El Estado social de derecho exige esforzarse en la construcción de las condiciones indispensables para asegurar a todos los habitantes del territorio nacional, una vida digna dentro de las posibilidades económicas que estén a su alcance” Corte Constitucional. – Sentencia T-015 de 1995 M.P. Hernando Herrera Vergara.

De acuerdo a todo el marco normativo arriba señalado, y para concluir nuestra temática (a manera de conclusión), habiendo profundizado sobre  el mínimo vital, que no es más que el apunte hacia una “SUBSISTENCIA DIGNA”,  hago un llamado desde el punto de vista humano, y ligado a la solidaridad  a que nos convoca el COVID 19, a todo el sector empresarial, al Estado y su equipo del Congreso General, a que éste “GOLPE DE VIDA”, nos ayude a entender que somos seres vulnerables, que necesitamos mejores condiciones de vida, que requerimos un bienestar más activo, que solicitamos mejores condiciones básicas de vida, que debe primar antes de cualquier norma o reglamento,  la dignidad humana. Parece que el COVID 19, antes de ser un gran enemigo, se ha convertido en la esperanza para la humanidad, toda vez que,  ha obligado a aquellos que tienen más, a dar de sus riquezas,   está obligando al sector empresarial, a mirar  y fortalecer el bienestar de sus trabajadores, ha obligado a los gobiernos del mundo, a darle  valor a la vida, valor al ser humano, y desde luego legislar por igual, a lo básico que se necesita para vivir, trayendo a colación, el término,  MINIMO VITAL PARA LA SUBSITENCIA DIGNA DEL SER HUMANO.

 Si después de esta experiencia, no aprendemos, entonces de nada ha servido, vivirla. Material de apoyo:

Constitución política de Colombia

Ley 1527 de 2012

Diario El espectador

Diccionario jurídico

Filosofía Griega, Platón  (Atenas, 427 – 347 a. C.) Filósofo griego

Sentencia SU-995/99 Magistrado Ponente: Carlos Gaviria.

Sentencia T-015 de 1995 M.P. Hernando Herrera Vergara.