“Empleadores no podrán obligar a trabajadores a tomar licencias no remuneradas”: MinTrabajo

“Empleadores no podrán obligar a trabajadores a tomar licencias no remuneradas”: MinTrabajo

En las últimas horas el Ministerio del Trabajo emitió una circular (número 27), en la que establece los lineamientos acerca de la prohibición de los empleadores de coaccionar a los trabajadores a tomar licencia no remunerada.

De acuerdo con el MinTrabajo, significa que funcionarios de la Inspección de Vigilancia y Control (IVC) están facultados para imponer sanciones a quienes incumplan las normas laborales y con esta circular se busca “prevenir abusos derivados de la coacción, que podrían ejercer algunos empleadores para que sus trabajadores procedan a la firma de licencias no remuneradas”.

Ángel Custodio Cabrera, jefe de la cartera de Trabajo, hizo un enérgico llamado a los empresarios para que sean protectores del empleo y solidarios con sus colaboradores en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica, declarado por cuenta de los impactos negativos ocasionados por la pandemia del coronavirus.

Cabe destacar que, dicha resolución se da en cumplimiento de la sentencia C–930 del 10 de diciembre de 2009, en la cual la Corte Constitucional sostiene que “la suspensión del trabajo no obedece a causas imputables ni al empleado ni al empleador, sino a las prescripciones del legislador o a circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito, o a interpretaciones sobre el alcance del derecho fundamental de asociación sindical”.

Además, se explica que el trabajador no puede asumir la carga económica mediante el descuento sobre su salario o trabajo personal, afectando de esta manera su derecho al descanso y que la opción de solicitar una licencia no remunerada debe provenir libre y voluntariamente por el mismo.