El Tribunal Administrativo de Córdoba ratificó parcialmente la sentencia del incidente de desacato contra el Superintendente de Salud Norman Julio Muñoz Muñoz,ordenó revocar la sanción de arresto en su contra y dejó en firme una sanción pecuniaria de ocho ocho salarios míninos legales mensuales vigentes. El Superintendente de Salud Norman Julio Muñoz Muñoz incurrió en desacato al no cumplir un fallo tutela proferido por el Juzgado Cuarto Administrativo Mixto del Circuito de Montería el pasado 31 de mayo.
Como se recordará el pasado 2 de mayo Juzgado le ordenó a la Superintendencia «volver las cosas al estado anterior a la toma de posesión, haberes y negocios que se efectuó en la Asociación de Cabildos del Resguardo Indígena Zenú de San Andrés de Sotavento Córdoba y Sucre», luego de la intervención administrativa de dicha entidad.
El fallo de tutela también ordena suspender los efectos de la resolución de liquidación de la misma y garantizar el enfoque diferencial a los usuarios que pertenecen a dicha EPS-I.
En tal sentido el pasado 31 de mayo el mismo Juzgado Cuarto Administrativo Mixto del Circuito de Montería, fallo a favor de Manexka en un incidente de desacato sancionó con tres días de arresto y una multa de ocho salarios míninos legales mensuales vigente al superintendente Norman Julio Muñoz.
Hoy en segunda instancia El Tribunal Administrativo de Córdoba ratificó parcialmente el fallo de la Jueza y al respecto consideró en cuanto a la medida de arresto contra el superintendente que. » Se considera innecesaria y desproporcionada la sanción con arresto impuesta al superintendente nacional de salud doctor Norman Julio Muñoz, pues el cumplimiento de la orden de tutela se puede lograr con la imposición de la multa realizada por el Despacho Judicial que conoció del incidente, por lo que se revocará parcialmente en ese sentido la providencia consultada y se confirma en lo demás».
En tal sentido el Tribunal resolvió confirmar parcialmente la decisión del Juzgado Cuarto Administrativo Mixto del Circuito de Montería, del pasado 31 de mayo que impuso una multa de ocho salarios míninos legales mensuales vigentes contra el superintendente de salud Norman Julio Muñoz Muñoz.
Así mismo el Tribunal negó la solicitud de suspensión del trámite del incidente, formulada por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado. También negó la solicitud de nulidad formulada por la Superintencia Nacional de Salud.
La medida también conmina al Superintendente de Salud Norman Julio Muñoz Muñoz, a darle cumplimiento al fallo de tutela del 02 de mayo de 2017, sin más dilaciones.