Denuncian a concejal de San Antero ante la Procuraduría

Denuncian a concejal de San Antero ante la Procuraduría

El concejal Carlos Andrés Padilla Conteras, del partido Mais fue denunciado por seis  concejales de San Antero, por  haber usurpado el cargo del actual presidente de la corporación Elormandy Pérez Alvis y nombrar bajo la figura de encargo a la personera Isabel López.

Según los cabildantes los hechos sucedieron los días 26 y 31 de mayo de este año. Inicialmente la mayoría de  plenaria compuesta por cinco concejales del partido liberal, uno del mais, y uno del ASi, propusieron encargar a una particular como personera de la municipalidad, cuando ya existía un nombramiento en interinidad en el cargo, ordenado por el alcalde  Dennis Chica Fuentes, amparado en el artículo 172 de la ley 136 de 1994. Posteriormente el día 31 del mismo mes cuando debían ratificar el acta no hubo la mayoría de Cuórum, ya que sólo asistieron seis de los trece concejales.

Actualmente los concejales Elormandy Pérez Alvis, Luis Alberto García Correa, Ricardo Martínez Cantillo, Pablo Cafiel Calao, José Efraín Diz Barroso y Anuard José Calao Morales, denunciaron ante la Procuraduría Provincial de Córdoba, la presunta actuación irregular del cabildante Padilla Contreras.

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Los concejales Elormandy Pérez Alvis, Luis Alberto García Correa, Ricardo Martínez Cantillo, Pablo Cafiel Calao,
José Efraín Diz Barroso y Anuard José Calao Morales.

  Elormandi Pérez Alvis.

Según el actual presidente del concejo Elormandy Pérez Alvis. «Ese nombramiento es irregular porque se hizo sin tener las mayorías de ley y el concejal Carlos Andrés padilla Contreras usurpó mi función como presidente del Concejo, emitiendo una resolución de nombramiento de encargo de personero y firmándola como presidente encargado, sin estar amparado en una delegación o decisión de plenaria»

La Lengua Caribe consultó al asesor jurídico de la Alcaldía de San Antero, Robert Angulo Santos, quien respecto al tema quien señaló que. «El alcalde hizo el nombramiento en interinidad del personero hasta que culmine el proceso de meritocracia adelantado por esa Corporación el día 1 de marzo del 2016, amparado en el artículo 172 de la ley 136 de 1994 que señala entre otras que «las faltas temporales del personero serán suplidas por el funcionario de la Personería que le siga en jerarquía siempre que reúna las mismas calidades del personero. En caso contrario, lo designará el Concejo y si la corporación no estuviere reunida, lo designará el alcalde. En todo caso, deberán acreditar las calidades exigidas en la presente Ley».

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            Robert Angulo. 

Por su parte el concejal Padilla Contreras en diálogo con La Lengua Caribe afirmó que.»El Concejo municipal es el encargado de hacer el encargo y por lo tanto nosotros no podemos darle las facultades al alcalde municipal. Hay que tener en cuenta que los encargos no pueden durar más de tres meses y el 31 de mayo se cumplieron los tres meses de ese encargo que había hecho el alcalde. yo pienso que fue arbitrario hacer un encargo en interinidad, por lo tanto nosotros decidimos hacerlo de nuevo, porque somos la autoridad competente»

En cuanto a la falta de cuórum para hacer el nombramiento afirmó que.»Sí había cuórum, lo que pasa es que el mismo presidente del Concejo Elormandy Pérez no cuenta con voz ni voto y hay otro concejal que tiene prisión domiciliaria, por lo que los concejales actuales que tenemos voz y voto en la corporación somos once por lo tanto la mayoría es de seis, o sea que sí hubo cuórum».

Según el concejal en ningún momento usurpó el cargo del actual presidente del concejo, al respecto dijo que, «la Ley  136, modificada por la 1551 del 2012 habla que cuando el Presidente del Concejo no se encuentra, el Vicepresidente, en este caso el primer vicepresidente asume sus funciones y puede presidir  la sesión, y ese día el señor Elormandy presentó excusas y aparte no tiene ni voz ni voto, por lo que yo no usurpé su cargo aquí todo se hice de frente a la ley».

El asesor señaló además que Padilla Contreras pudo haber incurrido en los delitos penales de prevaricado por  acción y abuso de función pública. Indicó además que puede verse avocado a sanciones disciplinarias por parte de la Procuraduría que van desde la suspensión e incluso la destitución por haber incurrido en falta gravísima.

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