¿Así o más textual? Inician particular campaña en el Diamante

¿Así o más textual? Inician particular campaña en el Diamante

Cansados que este lote ubicado entre las calles 12 y 13 con  Cra 17 C  entre las urbanizaciones Majagua y Diamante, sea un verdadero «campo minado» por las heces fecales de perros, los habitantes de dicho sector iniciaron esta particular campaña. (Observe la Fotografía).

WhatsApp-Image-20160713 (1)La particular campaña se basa en dos avisos cada uno con un mensaje muy popular, que se ha vuelto cómico y que curiosamente está dando resultados.

«Vea así con ese lenguaje nos entienden más los dueños de los perros, que los traen aquí a hacer sus necesidades pero no recogen la porquería y a todos nos toca soportar la hediondera y moscas». Dijo Marcos Díaz un habitante del sector.

La particular campaña se basa en dos avisos cada uno con un mensaje muy popular, que se han vuelto cómico y que curiosamente están dando resultados, conseguir que los dueños de los perros no los lleven a este sitio a hacer sus necesidades, o por lo menos recojan sus desechos.

Y aunque los habitantes se idearon esta jocosa forma de hacer cumplir la normas, el nuevo Código de Policía en su Capitulo II Definición,Objeto y competencia, señala:

Programa pedagógico de ocho (8) a cuarenta (40) horas. Esta medida la decidirán los alcaldes
o en su defecto los inspectores de policía, corregidor o quienes hagan sus veces de acuerdo
con sus competencias, con el fin de generar una cultura de convivencia basada en la
prevención.
Comprende la asistencia a un curso formativo de sensibilización, o la realización de una
actividad que contribuya a la convivencia, dirigido a aquellas personas que han cometido una
falta de policía, con el fin de fortalecer la disciplina social.
La medida se impondrá en los siguientes casos:
– Dejar de recoger por parte de los propietarios o tenedores, los excrementos de los animales
cuando ello ocurra en las vías, parques, andenes, antejardines o lugares públicos, además
de obligar a recoger el excremento.
– Realizar las necesidades fisiológicas en lugares de uso público o en sitios diferentes a los
establecidos para tal efecto. En este caso se impondrá actividad que contribuya al aseo,
ornato, tranquilidad y salubridad.
– Dejar en estado de desaseo o hacer uso indebido de bienes destinados a la prestación de
un servicio público. Con tales violaciones se impondrá actividad que contribuya al aseo,
ornato, tranquilidad y salubridad.

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