Justo cuando un hombre asesino en el Centro Comercial Santafé de Bogotá a su expareja a punta de puñaladas, con un cuchillo que consiguió en el mismo establecimiento en el que trabajaba la mujer, se aprueba esta ley que cae en una época donde se están cometiendo más feminicidios en el país.
Se dio a conocer que el Senado y la Cámara de Representantes sancionaron una ley que busca endurecer las penas y el tratamiento procesal de aquellos que hayan sido condenados por femicidios o estén siendo investigados como sospechosos de este tipo de casos.
Se trata de la Ley 2356, firmada por los presidentes de ambas cámaras del Senado, “por medio de la cual se eliminan beneficios y subrogados penales para quienes sean condenados o estén cumpliendo detención preventiva por el delito de feminicidio”.
El primer artículo declara la “suspensión condicional de la ejecución de la pena, la prisión domiciliaria como sustitutiva de la prisión; ni habrá lugar a ningún otro beneficio, judicial o administrativo, salvo los beneficios por colaboración regulados por la ley”.
El segundo modifica el artículo 314 de la Ley 906 de 2004, que es el Código de Procedimiento Penal, con el que “no procederá la sustitución de la detención preventiva en establecimiento carcelario, por detención domiciliaria” cuando se trate del delito de feminicidio.
Por último, el tercer punto modifica el artículo el artículo 38G del Código Penal y, de esa manera, suma el delito de feminicidio a la lista de crímenes que están exentos de beneficios o subrogados penales.