La Corte Constitucional se pronunció acerca a las embarazadas que se encuentran en proceso de selección laboral y que por su estado son rechazadas de acceder a las vacantes.
Aseguró que esta acción resulta discriminatoria y que el Ministerio del Trabajo deberá diseñar una ruta especial para la atención de quejas relacionadas con esta situación.
Es de resaltar que este llamado de atención se realizó luego que estudiaran el caso de una mujer que fue excluida en una etapa avanzada de un proceso por el estado de gestación en el que se encontraba.
De acuerdo con la Corte, la accionante participó en un proceso de selección dirigido a cubrir unas vacantes del cargo de agente ‘call center’,
Luego de superar las fases y de que se le instalaran en su computador los programas para llevar a cabo el empleo, fue citada a la realización de unos exámenes médicos previos a la firma del contrato, supuestamente para medir los niveles de creatinina de los candidatos.
Es de resaltar que, estos solo fueron a las mujeres y no a un hombre que también hizo parte del proceso.
“Antes de recibir los resultados de la prueba, la empresa le informó a la accionante que no continuaría a la fase contractual. En este momento, ella se realizó una prueba de embarazo que salió positiva; por lo que le solicitó a las accionadas el certificado médico y las razones por las que fue excluida del proceso, pero nunca obtuvo respuesta”, se lee en un comunicado del alto tribunal.
Tal situación llevó a la mujer en pensar en interrumpir su embarazo, “debido a los impactos que le producía la situación de discriminación y a no conseguir empleo”.
Sin embargo, la Sala Tercera de Revisión, con ponencia de la magistrada Diana Fajardo Rivera protegió los derechos fundamentales a la no discriminación, a la igualdad de oportunidades, al trabajo, a la dignidad humana, al debido proceso, a la intimidad y al ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos de la mujer quien solicitó la protección de sus derechos.
Con información de El Tiempo.