Con tutela en mano Procuraduría busca sacar a Mancuso de la JEP y Petro dice que tienen es «miedo a la verdad»

Con tutela en mano Procuraduría busca sacar a Mancuso de la JEP y Petro dice que tienen es «miedo a la verdad»

Se le siguen complicando las cosas al exjefe paramilitar Salvatore Mancuso, ahora la Procuraduría General de la Nación interpuso una tutela para sacarlo de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), con el objetivo de que su caso sea estudiado solamente por Justicia y Paz, la jurisdicción que se creó con la desmovilización de los paramilitares.

De inmediato el presidente Gustavo Petro se pronunció en su cuenta de X, con respecto a esta decisión tomada por la Procuraduría, en donde escribió que “definitivamente hay mucho miedo a la verdad”.

Ahora bien, el documento de 492 páginas fue emitido por la Coordinadora Nacional de Justicia y Paz de la Procuraduría, Diana Niño Avendaño, quien consideró que la tutela debe proteger los derechos al debido proceso, de acceso afectivo a la administración de justicia y el derecho a la verdad.

“El sometimiento del señor Salvatore Mancuso en razón de la condición de sujeto incorporado materialmente a la funcionalidad militar estatal, y posible máximo responsable de los patrones de macrocriminalidad y victimización en posición de bisagra o punto de conexión entre el aparato militar y paramilitar, conjuntamente con su enjuiciamiento ante Justicia y Paz como comandante paramilitar, corresponde a un avance en la línea de complementariedad (…) y no un trasvase de actuaciones entre Justicia y Paz a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP)”, explicó la Procuraduría en la tutela.

En conclusión, el documento dice que “la admisión del rol de Mancuso como ‘vinculado orgánica y funcionalmente a la fuerza pública”, en nuestro criterio, eventualmente legitimaría la consideración de los graves hechos perpetrados bajo su comandancia, como agente del Estado de la fuerza pública, si se quiere, para efectos de las responsabilidades del Estado a que hubiere lugar (…) pero no para crear una categoría inexistente en la competencia legalmente adscrita a la JEP u más aún, para dilatar motu propio su competencia legal, específicamente la concerniente al factor personal”.