Es bien sabido que en todo el mundo la norma establece que cuando una persona fallece sus bienes pasas a sus herederos, los cuales pueden ser sus hermanos, padres, hijos, parejas, entre otras personas.
Sin embargo, lo que muchos ciudadanos no tienen en cuenta es que además de heredar los bienes, también se heredan las deudas del fallecido.
Incluso se han conocido casos en los que las deudas del difunto resultan ser mayores a los bienes que deja a sus seres queridos y en esas ocasiones en vez de incrementar su patrimonio, terminan pagando con sus propios recursos los conflictos del muerto.
Sin embargo, es importante mencionar que también hay medidas para evitar que esto suceda y esto es lo que debe saber al respecto.
La herramienta LegalApp, del Ministerio de Justicia de Colombia, que brinda información sobre trámites legales, reseña que cuando se va a recibir una herencia, ya sea que haya un testamento o no, se debe tener en cuenta que lo que reciben los herederos es el patrimonio que dejó la persona fallecida, y precisamente, el patrimonio de alguien incluye tanto sus bienes como las deudas que tenía la persona en vida.
Sobre cómo se reparten las deudas se señala que estas se asignan a los herederos en la misma proporción que los bienes, por ejemplo, si son 4 herederos, cada uno recibirá el 25 por ciento de los bienes y el 25 por ciento de las deudas.
Pero si hay un testamento, quien lo deja (la persona fallecida) puede decidir cómo se asignan tanto sus bienes como las deudas. En estos casos la ley determina que los herederos, también llamados legatarios, pueden decidir si pagan las deudas de acuerdo a la división que haya hecho el testamento o perseguir el pago de acuerdo con la división de deudas que realiza la ley (proporcional a la asignación de bienes).
“El heredero que deba asumir una deuda mayor a la asignación que le correspondió de la herencia puede pedir de los demás herederos el pago de la porción que les corresponda a cada uno de ellos”, añade LegalApp sobre estos casos.
Fuente consultada El Tiempo.