Incapacidad por Covid-19 dependerá de la actividad laboral: MinSalud

Incapacidad por Covid-19 dependerá de la actividad laboral: MinSalud

Por medio de una circular conjunta, el Ministerio de Salud y el Ministerio de Trabajo dieron a conocer los nuevos lineamientos que regirán en el país en temas de incapacidades médicas para las personas que tengan síntomas de Covid-19.

De acuerdo con el documento, las empresas ya no deben exigir la prueba PCR para el reintegro de los empleados que hayan tenido la enfermedad, debido a que con los siete días de aislamiento es suficiente, a menos de que la sintomatología siga.

“Se recomienda al médico tratante indagar sobre la actividad laboral que desarrolla el paciente y la posibilidad de realizar teletrabajo, trabajo remoto o trabajo en casa”, aclaró el MinSalud, Fernando Ruiz, sobre una posible incapacidad, que dependerá de la actividad laboral que tenga el paciente.

Sin embargo, el Ministerio aseguró que si el resultado de la prueba da negativo se suspenderá el aislamiento y el trabajador podrá reintegrarse a las actividades presenciales.

Asimismo, en la circular se especifica que las personas asintomáticas que han tenido contacto estrecho con un caso positivo y que no tienen esquema de vacunación completo o no se han vacunado, deben aislarse durante 7 días desde el primer día de exposición.

Por último, el jefe de la cartera de Salud aseguró que estas medidas ayudan a definir un rápido aislamiento para que las personas eviten la transmisión del virus.