Luego de estudiar cerca de 30 tutelas en las que varios usuarios alegaban vulneración de sus derechos, la Corte constitucional ordenó a las EPS entregar implementos como pañales, pañitos, cremas y sillas de ruedas, a aquellos pacientes a los que se los haya ordenado su médico.
Esta nueva regla solo beneficiará a las personas a las que su médico les haya recetado lo antes mencionado, sin importar si son cotizantes o subsidiadas.
El alto tribunal precisó que muchos de los casos analizados alegaron que eran de escasos recursos lo que dificultaba la adquisición de estos implementos.
Es de resaltar que, si no hay prescripción médica, el paciente podrá presentar una tutela alegando la entrega de los implementos.
Finalmente, la Corte aseguró que es necesario la valoración técnica, científica y oportuna que defina con claridad el estado de salud del paciente y los tratamientos médicos que requiere.