Gran polémica por las fotomultas, el infractor es quien debe pagar no el dueño del vehículo

Gran polémica por las fotomultas, el infractor es quien debe pagar no el dueño del vehículo

Tras una demanda colocada por un ciudadano la Corte Constitucional decidió que los propietarios de los vehículos no son quienes deberán pagar las infracciones, sino quien conducía el carro al momento de esta.

De esta forma el alto tribunal puso en cintura a los operadores de las fotomultas, y tumbó el artículo de la Ley 1843 de 2017 que permitía multar al dueño del vehículo.

«El propietario del vehículo será solidariamente responsable con el conductor, previa su vinculación al proceso contravencional, a través de la notificación del comparendo en los términos previstos en el presente artículo, permitiendo que ejerza su derecho de defensa”, se lee en el articulado.

Según el demandante Héctor Mantilla, exalcalde de Floridablanca (Santander), los infractores tienen que ser identificados, la fotomulta tiene que ponerse en la cédula de quien vaya manejando.

Como se recordará, en la ciudad de Montería hubo una gran polémica a finales del 2019, por la instalación de cámaras en los principales semáforos de la capital cordobesa, sin embargo, Marcos Daniel Pineda, quien era para ese tiempo el alcalde, aseguró que iban a monitorear el tráfico en la ciudad y que no tenían nada que ver con la imposición de fotomultas.

Este medio consultó qué pasará en este 2020 con dichas cámaras en la actual administración de Carlos Ordosgoitia y se conoció que, la Alcaldía sostendrá una reunión con la Concesión Movai para llegar a una decisión sobre estas.