Fallo de tutela determinó continuación del programa ‘Prevención y acción’ de Duque

Fallo de tutela determinó continuación del programa ‘Prevención y acción’ de Duque

Un fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca determinó la continuación del programa ‘Prevención y acción’ del presidente de la República, Iván Duque.

El ciudadano Dagoberto Quiroga Collazos, fue quien interpuso la acción legal justificando la importancia de garantizar el “derecho a la información, veraz, imparcial, objetiva y oportuna, vulnerados por el presidente de la República quien con el uso desmedido del espectro electromagnético por parte del poder ejecutivo vulnera también el derecho al pluralismo”.

Asimismo, alegaba la vulneración al libre culto, derecho en Colombia, un estado laico, pues el presidente Duque siempre lo inicia y termina con expresiones que evocan a Dios.

Sin embargo, el tribunal argumentó que, el programa es “para ilustrar [a] los cuidados [sobre] acciones de prevención y recordar la importancia de mantener las medidas de bioseguridad, para conjurar los efectos negativos del virus”.

Por lo anterior, determinaron que el espacio televisivo es visto como un momento pedagógico que surgió en unas condiciones especiales originadas por la pandemia del coronavirus que ataca a todo el mundo y ya presenta rebrotes en varios países, por lo que su transmisión no puede ser considerada como “un uso abusivo de los límites que la Constitución Política le ha impuesto al ejercicio de sus funciones [del presidente]”.

Así las cosas, el jefe de Estado continuará al aire con su programa ‘Prevención y acción’ que nació en medio de la pandemia.