CVS sustraerá área protegida en Cispatá para dar paso a construcción de puerto de cargue de carbón

CVS sustraerá área protegida en Cispatá para dar paso a construcción de puerto de cargue de carbón

Para darle viabilidad a la construcción del puerto de cargue de carbón en el área protegida de la bahía de Cispatá, curiosamente la Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y San Jorge Car CVS decidió sustraer dicha zona del Área de Manejo Integrado de la bahía de Cispatá considerada como protegida.

Por medio del acuerdo 312 del  6 de diciembre del año inmediatamente anterior la CVS «Adopta el procedimiento para la Sustracción de las Áreas Protegidas de carácter regional de que trata el decreto 1076 del 2015, así como los términos de referencia para dar trámite a las solicitudes  para el desarrollo de actividades consideradas  de utilidad pública o interés social».

Así las cosas el principal argumento que tienen las comunidades pesqueras, ambientalistas  y toda la sociedad que ha rechazado la construcción del puerto de cargue de carbón se quedaría sin piso, ya el área donde se construirá el puerto dejaría de ser protegida con dicha sustracción. Para lo cual La CVS ya notificó al alcalde de San Antero Denis Chica.whatsapp-image-2017-01-04-at-10-53-23-am

 

Ante la medida adoptada por la CVS, los ambientalistas y comunidad en general les asaltan varias dudas por ejemplo ¿porqué razón dejaría de ser un área protegida si las condiciones ecológicas y ambientales no han cambiado,  o en qué momento cambiaron?

Porqué la misma Corporación CVS después de invertir tanto dinero en conservar un área de manejo integrado  ahora pretende sustraer justo el área dónde se construiría el Puerto? ¿Porqué ahora para CVS no es un área protegida cuando ella misma através del decreto 1076 del 2015 así lo consideró?

Es de recordar que la misma Corporación revivió la licencia de construcción de dicho puerto por medio de la Resolución No. 2.2792 del 29 de noviembre de 2016 y revocó la resolución No. 2.2246 de 30 de junio de 2016 “Por la cual se resuelve recurso de reposición para la Sociedad Portuaria Gráneles del Golfo.

La resolución, en virtud de la cual también se revoca la Número. 02-0616 de diciembre 23 de 2014 al mismo tiempo la suspende hasta tanto se realice una consulta previa en relación con las comunidades indígenas y afrodescendientes presentes en la zona de influencia del proyecto.

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