Pagará hasta 8 años de cárcel quien maltrate o abandone a un adulto mayor

Pagará hasta 8 años de cárcel quien maltrate o abandone a un adulto mayor

La ley establece quien  maltrate a un adulto mayor sometiéndolo al abandono, descuido, siendo este una persona mayor de 60 años de edad o más y estos afecten su higiene, vestuario, alimentación o salud, podrá pagar penas entre 4  y 8 años de cárcel  así como el pago de entre  1 y 5 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Así quedó establecido ayer 21 de julio del  presente año, luego que el presidente Juan Manuel Santos, sancionara la ley 1850.

Cuando se trate de una mujer o de un adulto mayor en condición de discapacidad, la pena aumentará de la mitad a 3 cuartas partes; por privar de la libertad también se penalizará con 16 a 36 meses de cárcel y una multa de 1 a 24 salarios mínimos mensuales vigentes.

Por otro lado las instituciones encargadas del cuidado de las personas de la tercera edad que incurran en el mal cuidado o maltrato de estos, se le cancelarán los permisos de funcionamiento  y pagarán una multa de 20 salarios mínimos mensuales vigentes, alrededor de 15 millones de pesos.

Se estableció que todo adulto mayor tiene derecho a su alimentación, al mantenimiento físico, psicológico, espiritual, moral, cultural y social que serán proporcionados por quien determine la ley, debido a su capacidad económica.

La comisaria de familia será el ente encargado de destinar quienes serán los responsables de la protección del adulto mayor y de fijar la cuota de alimentos.

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