Sentencia respalda la prohibición de despedir al cónyuge de las mujeres embarazadas

Sentencia respalda la prohibición de despedir al cónyuge de las mujeres embarazadas

La Corte Constitucional de la República de Colombia, profirió la sentencia C-005/17 la cual busca brindarle estabilidad laboral reforzada a la pareja de la mujer embarazada o lactante que no esté trabajando, esto con el fin  de proporcionar protección superior del menor recién nacido o del que está por nacer.

Cita la Corte, “Declarar la exequibilidad condicionada del numeral 1 del artículo 239 y del numeral 1 del artículo 240 del Decreto Ley 2663 de 1950 (Código Sustantivo del Trabajo), en el entendido que la prohibición de despido y la exigencia de permiso para llevarlo a cabo, se extienden al(la) trabajador(a) que tenga la condición de cónyuge, compañero(a) permanente o pareja de la mujer en período de embarazo o lactancia, que sea beneficiaria de aquel(la). Notifíquese, comuníquese, publíquese e insértese a la Gaceta de la Corte Constitucional. Cúmplase”.

Así las cosas, con esta nueva sentencia de la Corte, no solo se protege a la mujer embarazada, sino también al cónyugue de la misma, esto con el único fin de garantizarle los derechos al menor.

Vea aquí la sentencia de la Corte

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