Ayuda humanitaria para Petro: estas son las nuevas medidas para alcanzar la iniciativa de paz con los grupos armados

Las nuevas implicaciones que radican en la toma de decisiones para los acuerdos parciales que alcancen la iniciativa de la paz con los grupos armados ilegales como las disidencias de las Farc y el ELN, son las herramientas de Actos legislativos, leyes o decretos.

Sin embargo, se ha impuesto que para este tipo de acuerdos humanitarios se debe incluir la participación del Congreso y la expedición de decretos presidenciales.

Ese fue uno de los primeros efectos que dejó la decisión de la Corte Constitucional tras sacar esos acuerdos como los ceses del fuego del Derecho Internacional Humanitario (DIH).

Andrés Caro, director de la Fundación para el Estado de Derecho (FEDe), organización que demandó el parágrafo de la paz total en la que incluía esos acuerdos al DIH, explicó que ese tipo de negociaciones de paz no son tratados internacionales y no prevalecen sobre la Constitución. Hay que recordar que el derecho internacional es un cuerpo jurídico que está por encima de la Constitución colombiana.

“Eso era lo que a nosotros más nos asustaba, precisamente, que, amparándose en este artículo de la ley de paz total, los acuerdos parciales y finales, el gobierno tratará de incorporarlos de inmediato. Entonces, eso no puede pasar y no podría pasar en ningún caso”, explicó Caro.

Además, aclaró que “es clave que entonces, para que haya un acuerdo vinculante para el Estado colombiano, tiene que pasar por las instituciones del Estado colombiano, por el Congreso de la República, y por las cortes, no solo por la decisión unilateral del presidente de la República, o del alto comisionado para la paz”.

Con información de La Revista Semana.