En una decisión histórica, la plenaria de la Cámara de Representantes aprobó el proyecto de ley de divorcio unilateral, conocido como ‘divorcio exprés’, con el que los colombianos podrán separarse sin necesidad del consentimiento de la otra parte.
Esta iniciativa, que solo necesita la sanción presidencial del jefe de Estado Gustavo Petro, incorpora al artículo 154 del Código Civil la causal 10: «la sola voluntad de cualquiera de los cónyuges».
De igual forma, el ‘divorcio libre’ estipula medidas de protección económica, como propuestas de alimentos, liquidación de bienes y el cuidado de los hijos.
Además, la ley contempla compensaciones económicas y simbólicas para las víctimas de violencia intrafamiliar, garantizando asistencia legal y social. Estos ajustes también serán extensivos a las uniones maritales de hecho y a los divorcios de mutuo acuerdo ante notario.
Causales actuales de divorcio en Colombia
Con la nueva causal incorporada, las razones legales para divorciarse en Colombia ahora son:
- Relaciones sexuales extramatrimoniales.
- Incumplimiento de deberes conyugales y parentales.
- Ultrajes, trato cruel y maltratos.
- Embriaguez habitual.
- Uso habitual de sustancias alucinógenas o estupefacientes sin prescripción médica.
- Enfermedades o anormalidades graves e incurables que afecten la convivencia matrimonial.
- Conductas corruptoras hacia el cónyuge, descendientes u otras personas a su cuidado.
- Separación de cuerpos por más de dos años.
- Consentimiento mutuo reconocido judicialmente.
- La sola voluntad de cualquiera de los cónyuges.