Al parecer sin justificación alguna el actual concejal de Montería por el partido Cambio Radical Amauri Contreras Ubarnes habría hecho «cachichí»con el presupuesto de la corporación cuando fungió como presidente de dicho Cuerpo edílico. Así lo evidencia los soportes de contratación durante la vigencia del años 2017, cuando Contreras Ubarnes suscribió varios contratos por un valor de 123 millones 750 mil pesos en asesorías jurídicas y otros.
Lo curioso del caso es que el objeto contractual es el mismo es decir, contrató dos veces el mismo servicio con contratistas diferentes y con un valor exorbitante. Así:
Uno suscrito con la persona de Alexis Antonio Monsalve, por un tiempo de ejecución de 10 meses y un valor de 50 millones de pesos, es decir mensualmente el jurista devengó 5 millones de pesos, en el que se establece «prestación de servicios profesionales de un abogado especializado que preste asesoría y apoyo jurídico a la presidencia, los concejales, las comisiones permanentes y accidentales y sesiones plenarias del Concejo municipal».
Otro contrato de asesoría jurídica fue suscrito con Alexis Antonio Monsalve Palomino por un valor de 50 millones de pesos durante un periodo de ejecución de 10 meses, por el mismo objeto contractual «prestación de servicios profesionales de un abogado especializado que preste asesoría y apoyo jurídico a la presidencia los concejales, las comisiones permanentes y accidentales y sesiones plenarias del Concejo municipal».
El otro contrato se dio con la persona Yair Navas Garrido, por un valor de 52 millones de pesos por la «prestación de servicios profesionales de un abogado especializado para prestar asesoría y apoyo jurídico en el área de contratación y demás dependencias del concejo municipal de Montería» dicho contrato tuvo un aumento de 2 millones de pesos, en comparación con los dos anteriores, es decir durante el mismo periodo 10 meses el contratista devengó unos 5 millones 200 mil pesos mensuales. en total 52 millones.
Una situación similiar que advertiría la comisión de clonación de contratos, prevaricato, celebración indebida de contratos entre otras posibles irregularidades se dió en la suscripción del contrato con la firma Asesores y Consultores Asociados- A & C Ltda Felipe Neris Narváez Díaz para «la prestación de servicios profesionales de una persona natural o jurídica para la implementación de las estrategias de convergencia para la regulación contable pública y de las normas internacionales de contabilidad del sector público (NICSP) y las normas internacionales de información financiera (NIIF) para el Concejo municipal de Montería», por un valor de 35 millones de pesos y un tiempo de ejecución de 4 meses, es decir que dicha consultora devengó 8 millones 750 mil pesos durante los cuatro meses. El mismo contrato fue suscrito dos veces con el mismo valor y el mismo objeto contractual, es decir que en total con dicha firma se contrató un valor de 70 millones de pesos en las dos oportunidades.
Pero lo curioso del caso es que el entonces presidente del concejo Amauri Contreras contrató los servicios de una ingeniera industrial en dos oportunidades por un valor de 6 millones de pesos durante un mes para que actualizara el manual de procesos y procedimientos del concejo de Montería, ahí sí como quien dice, ¿que tiene que ver el caldo con la tajada? No obstante dicha actualización tuvo un costo final de 12 millones de pesos.
Finalmente luego de ser consultados acerca del tema, varios de sus compañeros concejales se mostraron extrañados con la suscripción de dichos contratos, lo que daría cuenta que el presidente actuó solo y de manera autónoma.
En las próximas horas un grupo de ciudadanos denunciará ante las autoridades competentes los presuntos hechos de corrupción cometidos por el actual concejal ya que consideran que el edil aprovechó su paso por el concejo de Montería para comerlas presuntas irregularidades.
En contexto estas son las funciones de los concejales en el país
1. Reglamentar las funciones y la eficiente prestación de servicios a cargo del municipio.
2. Adoptar los correspondientes planes y programas de desarrollo económico y social y de obras públicas.
3. Autorizar al alcalde para celebrar contratos y ejercer funciones de las que corresponden al Consejo.
4. Votar de conformidad con la Constitución y la ley los tributos y los gastos locales.
5. Dictar normas orgánicas del presupuesto y expedir anualmente el presupuesto de rentas y gastos.12
6. Determinar la estructura de la administración municipal y las funciones de sus dependencias; las escalas de remuneración correspondientes a las distintas categorías de empleos; crear, a iniciativa del alcalde, establecimientos públicos y empresas industriales o comerciales y autorizar la constitución de sociedades de economía mixta.
7. Reglamentar los usos del suelo y, dentro de los límites que fije la ley, vigilar y controlar las actividades relacionadas con la construcción y enajenación de inmuebles destinados a la vivienda.
8. Elegir Personero para el período que fije la ley y los demás funcionarios que ésta determine.
9. Dictar las normas necesarias para el control, la preservación y defensa del patrimonio ecológico y cultural del municipio.
10. Las demás que la Constitución y la ley le asignen