EPS e IPS deben garantizar la toma de muestras de Covid-19: MinSalud

EPS e IPS deben garantizar la toma de muestras de Covid-19: MinSalud

El Ministerio de Salud y Protección Social emitió el protocolo que define que las EPS, IPS fijas y de atención domiciliaria, medicina prepagada, secretarías de Salud departamentales y distritales, y administradoras de regímenes especiales y de excepción, deben garantizar la toma de muestra para los casos en que se requiera según cuadro clínico del paciente.

Es decir que, los prestadores de salud deben garantizar la remisión de las muestras para los casos sospechosos de Covid-19 al laboratorio de salud pública departamental o distrital y este a su vez enviarlo al Instituto Nacional de Salud o entes definidos u autorizados por el mismo.

Dicha medida, según el MinSalud, se aclara luego de que se presentaran dudas por parte de los actores con respecto a la responsabilidad en la toma de muestras, agregó que con el resultado entregado por INS, será la secretaria de salud la responsable de entregar el diagnostico de los casos a la IPS o a la entidad que haya tomado la muestra.

Asimismo, el ente manifestó que dicha operación la deben hacer mínimo a los 7 días del inicio de la exposición con el caso y que los prestadores de servicios de salud deben disponer de una línea de atención exclusiva para la atención de Covid-19.