Tras resolver una demanda de constitucionalidad, la Sala Plena de la Corte Constitucional dejó en firme dos artículos del Código de Policía, los cuales obligan a los organizadores de eventos a que dispongan de su propia seguridad para espectáculos.
En tal sentido, la seguridad interna y externa en las actividades que involucran aglomeraciones de público será responsabilidad de los organizadores no obstante la Policía podrá acompañarlos.
Dicha norma no recibió la aceptación por parte de algunos empresarios que buscaban que dicha responsabilidad quedara en manos de la Policía.
Está normatividad aplica, entre otros, para conciertos y partidos de fútbol en los cuales la Policía hará acompañamiento y vigilancia del espacio público, no obstante la seguridad de la organización caerá sobre lso promotores del espectáculo.
Con la decisión se deja en firme que «en casos excepcionales de riesgo grave a la convivencia y a la seguridad ciudadana, la Policía Nacional podrá, sin descuidar sus responsabilidades frente al resto de la población, complementar la seguridad privada en las actividades que involucran aglomeraciones de público complejas».