En un término de dos dias la Superintendencia Nacional de Salud a cargo de Norman Julio Muñoz Muñoz, deberá responder por qué no ha ordenado suspender los efectos de la resolución de liquidación de la E.P.S.I Manexka, luego del requerimiento proferido por el Juzgado Cuarto Administrativo Mixto del Circuito de Montería a través de un incidente de desacato interpuesto por por el Cabildo Mayor Regional del Pueblo Zenú del Resguardo Indígena de San Andrés de Sotavento.
Como se sabe inicialmente dicho Resguardo en cabeza del Cacique Eder Eduardo Espitia, através del apoderado del Cabildo; doctor Jesús Albrey González, interpuso una acción de tutela en contra de la Superintendencia de Salud, para que le fueran suspendidos los efectos de la resolución de liquidación de la dicha EPS, la cual se produjo el pasado 28 de marzo, ya que tras la liquidación muchos usuarios y trabajadores se quedaron literalmente en el limbo. Es así como se tutelaron los derechos a la salud y a la consulta previa entre otros.
La tutela textualmente citó “El despacho observa que en la parte resolutiva de la Resolución número 000527 del 27 de marzo del 2017 no guarda el principio de congruencia interna que debe mantenerse en la parte considerativa y la resolutiva, pues, pese a que en su motivación hace referencia a la intervención de la Asociación de Cabildos del Resguardo Indígena Zenú de San Andrés de Sotavento Córdoba y Sucre Manexka, es decir; sin especificar que solo se trataba de la intervención y liquidación”
Y luego añade, “para los efectos y conforme a las disposiciones del ejercicio del objeto social como E.P.S.I, sería la “inhabilitarla” como empresa promotora de salud – EPS-I, para la administración de los recursos del régimen subsidiado. Entendiéndose entonces que la intervención es a la Institución Indígena como Asociación sobre los demás objetos sociales adoptados en sus estatutos, de los cuales la competencia radica en el Ministerio del Interior, dirección de asuntos indígenas, excediéndose del ámbito de sus facultades; violando además la institucionalidad y autonomía de los pueblos indígenas”.
Así las cosas dicha acción de tutela fue fallada a favor de la entidad el dia 2 de mayo del presente año, no obstante la Superintendencia hizo caso omiso del mismo y en su lugar anunció la impugnación de dicho fallo.
Incidente de Desacato
Sin embargo juridicamente dicha impugnación no suspende el cumplimiento inmediato del fallo, es decir que la Supersalud habría incumplido su obligación de restablecer el estado normal de la EPS-I Manexka tal y como se encontraba antes de la expedición de la resolución y de la liquidación.de acuerdo a la orden judicial.
nadie cumple, nadie responde
Según el gerente de EPSI Manexka, Saúl Lucas Lucas, luego de la liquidación la situación tanto para los afiliados empleados es caótica, ya que no hay quien responda por la prestación de los servicio y tratamientos médicos de los afiliados, mucho menos hay que responsa por los salarios de los empleados.
«Hace tres meses que no se paga nada ni sueldos, ni servicios, hay muchas quejas porque un grueso número de nuestros afiliados no están recibiendo tratamiento ni atención médica incluso algunos han muerto. Lo que buscamos es que Manexca EPSI vuelva a manejar sus usuarios, la administración y manejo de los recursos del Régimen Subsidiado para seguir prestándole el servicio a toda la comunidad afiliada» dijo el gerente. Saúl Lucas
Agregó que «Hubo un fallo de tutela y no entendemos porqué no se dio cumplimiento, por eso se interpuso el incidente de desacato esperamos que ahora la superintendencia le dé cumplimiento al requerimiento. Aquí el problema es que la Superintendencia ha vulnerado muchos derechos. El gerente liquidador dice que no ha recibido información o instrucciones de la Superintendencia. Lo cierto es no se ha pagado, nómina, salud, pensión no se ha pagado retefuente, y lo peor la red de servicio que Manexka prestaba está paralizada».