El magistrado del Tribunal Superior de Montería se declaró impedido para conocer y fallar en segunda instancia el fallo de tutela proferido inicialmente por el Juzgado Cuarto Penal del circuito de Montería en el que ordena el reintegro del exfuncionario de la Secretaría de Cultura, Cristian Padilla, quien estando en cargo de provisionalidad fue desvinculado laboralmente en diciembre del año pasado.

El fallo de primera instancia fue impugnado por la Gobernación de Córdoba, a través de la directora de administrativa de personal, Ruby Menco Contreras, la administración del gobernador Edwin Besaile argumentó que en ningún momento los derechos de los trabajadores fueron vulnerables, no obstante, también se mostró respetuosa de las decisiones judiciales.
Por su parte, el accionante quien llevaba más de 12 años vinculado a la Gobernación expresó su preocupación y planteó la necesidad de que el magistrado de segunda instancia se declarara impedido para garantizar transparencia e imparcialidad en el fallo teniendo en cuenta su relación de familiaridad con una funcionaria adscrita a la oficina de personal de a Gobernación.
Hoy se conoció que el magistrado Víctor Diz se declaró impedido. “Sería del caso seguir conociendo de las acciones de tutela en que se encuentre como accionante o accionada La Gobernación de Córdoba, sino fuera porque mi nuera, en este caso la esposa de mi hijo Víctor Julio Diz Muñoz, labora mediante contrato de prestación de servicios en la Gobernación de Córdoba, en la oficina jurídica de esa entidad desde el mes de febrero de este año”. Señala el magistrado.
[foogallery id=»46815″]
Aclaró además que, “debo advertir que nada tuve que ver en la consecución de dicho contrato, pues fue un acto particular de ella. Igualmente debo poner en conocimiento de mis compañeros de sala que ella me informa que desde el año anterior viene laborando en dicha entidad pero que no tiene cargo de dirección o manejo. Así mismo tampoco ha sido parte en ningún proceso en esta sala”.
Por su parte Filiberto Segundo Sáenz Sierra, abogado del accionante expresó que, “es una acto justo del magistrado, una sabia decisión ya que su situación de parentela pudo de cierta manera tergiversar el pensamiento jurídico de un juez de la República, reconozco y aplaudo esa decisión. Efectivamente esto garantiza la imparcialidad y genera confianza en quien administra la justicia”.
El jurista se mostró optimista teniendo en cuenta que la Corte Constitucional ha establecido tres circunstancias por las cuales se genere la desvinculación de un funcionario en provisionalidad una de ellas es por el mejoramiento del servicio, que en este caso está siendo mal interpretado por la Gobernación , “ese mejoramiento tiene que hablar del funcionario en particular con unos soportes que demuestre que el funcionario no está haciendo bien el servicio, no el servicio frente a toda la Gobernación, sino frente a ese funcionario en ese sentido la motivación de la Gobernación fue la de cambiar los perfiles a los cargos para obviamente dejar por fuera a los provisionales que tenían unos perfiles diferentes y desvincularlos”
Ahora en un término no superior a 20 días un nuevo magistrado de la sala del Tribunal Superior de Montería deberá emitir un fallo a favor o en contra del accionante.