No le podrán «cortar» los servicios cuando el saldo de la factura es inferior al valor de la reconexión

No le podrán «cortar» los servicios cuando el saldo de la factura es inferior al valor de la reconexión

El proyecto de ley que prohíbe la suspensión del servicio público cuando el saldo de la factura es menor al cobro de reconexión pasó este jueves 18 de mayo su último debate en el Senado y ahora sólo le falta la sanción presidencial. Esta iniciativa para la protección de los usuarios de servicios públicos también restringe el cambio o arreglos en los medidores por parte de estas empresas sin autorización del usuario, además de exigirles tener una oficina de atención al cliente en cada municipio del país donde operen.

La autora del proyecto Sara Piedrahita, representante a la Cámara, manifestó su felicidad con el trámite de la iniciativa con las siguientes palabras,  “estoy satisfecha con el trámite del proyecto, porque ya era hora que se le pusiera límite a las empresas prestadoras de servicios públicos en el país, que venían abusando de los usuarios en muchos casos”.

La iniciativa busca mejorar la cobertura y la calidad de atención de las empresas de servicios públicos con sus usuarios, por lo que se contempló también la búsqueda de estrategias para disminuir los tiempos de espera ante los reclamos.

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