Obispos negligentes en casos de pederastia serán expulsados de la Iglesia

Obispos negligentes en casos de pederastia serán expulsados de la Iglesia

La Santa Sede publicó este sábado, el documento Papal con el que se refuerzan los artículos del Código de Derecho Canónico en los que se estipula la posibilidad de expulsar a un eclesiástico por «causas graves».»Con el presente documento pretendo precisar que entre las denominadas ‘causas graves’ se incluye la negligencia de los obispos en el ejercicio de sus funciones, en relación con los casos de abusos sexuales a menores y adultos vulnerables», señaló el pontífice.

El Código de Derecho Canónico establece en su artículo 193 que «nadie puede ser removido de un oficio conferido por tiempo indefinido, a no ser por causas graves», pero el documento presentado hoy  por el papa Francisco señala que aquellos con responsabilidad en la Iglesia «pueden ser legítimamente retirados de su cargo si, por negligencia, omitió actos que hayan provocado daños físicos, morales, espirituales o patrimoniales, a otros.

La nueva reforma, dice también que en los casos en los que se den serios indicios de un comportamiento negligente, las congregaciones competentes de la Curia Romana, podrán dar inicio a una investigación, avisando al acusado, a quien se le concederá la posibilidad de defenderse. Una vez se alcance una sentencia, su Congregación podrá optar,  si publicar en el tiempo más breve posible el decreto de suspensión o invitar al obispo a presentar su renuncia. El obispo acusado contará con un plazo de quince días para renunciar y si no lo hace, es la Congregación la que emitirá el decreto de suspensión.

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